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Orden Ejecutiva del presidente Trump para suspender temporalmente la inmigración a los Estados Unidos

El presidente Trump firmó una Orden Ejecutiva que suspende la entrada de ciertos inmigrantes durante 60 días, con ciertas excepciones. La proclamación entro en vigor el jueves 23 de abril de 2020 a las 11:59 p.m. (ET).

¿A quién incluye la orden ejecutiva?

Se aplica a las personas que desean ingresar a los EE. UU. Como inmigrantes que se encuentran actualmente fuera de los Estados Unidos y que no tienen una visa de inmigrante válida emitida en su pasaporte o un documento de viaje oficial válido (por ejemplo, permiso de salida anticipado, hoja de embarque o carta de transporte) que permita entrada o admisión en los EE. UU.

Afectará especialmente a los beneficiarios de una petición familiar en las siguientes clasificaciones:

  • Padres de ciudadanos estadounidenses (IR); 
  • Hijos de ciudadanos estadounidenses solteros mayores de 21 años (F1);
  • Cónyuges de residentes permanentes legales (F2A); 
  • Hijos menores de 21 años no casados, de LPR residentes permanentes legales (F2A);
  • Hijos mayores de 21 años no casados, de LPR residentes permanentes legales (F2B);
  • Hijos casados de ciudadanos estadounidenses (F3);
  • Hermanos de ciudadanos estadounidenses (F4);

El Migration Policy Institute, un grupo de expertos no partidista, estima que la orden bloquearía alrededor de 26,000 tarjetas verdes mensuales o 52,000 durante el período de 60 días que está vigente. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la pandemia ya ha reducido en gran medida la inmigración a los Estados Unidos: los países han establecido restricciones fronterizas, los servicios de visa han sido suspendidos y las admisiones de refugiados están en pausa, entre otros cambios.

¿Quién está exento?

Las siguientes categorías están exentas:

  • Cónyuges de ciudadanos estadounidenses (IR);
  • Hijos de ciudadanos estadounidenses menores de 21 años y posibles adoptados que buscan ingresar con una visa IR-4 o IH-4;
  • Residentes permanentes legales de EE. UU. (LPR);
  • Ciudadanos extranjeros que buscan ingresar con una visa de inmigrante como médico, enfermera u otro profesional de la salud que ingresa para realizar investigaciones o trabajos esenciales para combatir COVID-19, así como su cónyuge acompañante e hijos solteros menores de 21 años;
  • Ciudadanos extranjeros que solicitan una visa para ingresar a los EE. UU. De conformidad con el programa de visa de inversionista inmigrante EB-5;
  • Miembros de las fuerzas armadas de los EE. UU. Y los cónyuges e hijos de tales individuos;
  • Los extranjeros que desean ingresar como inmigrantes especiales en la clasificación SI o SQ, y el cónyuge e hijos de tales individuos;
  • Extranjero cuya entrada sería en interés nacional de los Estados Unidos; y
  • Ciudadanos extranjeros cuya entrada promovería objetivos importantes de aplicación de la ley de los Estados Unidos;
  • La orden no afecta la presentación o el procesamiento de solicitudes de ajuste de estado (AOS) en los Estados Unidos.
  • Esta proclamación no tiene un impacto inmediato en H-1B, L-1, E-1 / E-2 y otros programas de trabajadores no inmigrantes, sin embargo, la proclamación ordena al DHS y al DOL que hagan un estudio del impacto de los trabajadores extranjeros temporales en Trabajadores de los Estados Unidos. Los resultados del estudio podrían provocar restricciones futuras en estos programas no inmigrantes.

IACO está monitoreando de cerca la situación, y publicará cualquier actualización inmediatamente en  nuestra pagina WEB: https://www.iacoimmigration.org/

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