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Devoluciones y Exenciones por sobrepagos: guía de preguntas frecuentes parte 1

Si usted ha recibido beneficios de desempleo a los que no tiene derecho, entender los procesos para devolver pagos en exceso o solicitar renuncias es crucial. Este artículo proporciona respuestas a preguntas comunes sobre devoluciones de pagos en exceso y renuncias, diferenciando entre beneficios federales y estatales.

Pregunta 1: No puedo devolver estos fondos. ¿Puede usted solicitar una exención ?

Si no puede devolver la cantidad pagada en exceso, una exención puede ser una opción. Sin embargo, las reglas y los procesos de solicitud varían para beneficios federales y estatales.

Beneficios Estatales:

  • La elegibilidad para una exención incluye situaciones donde el reclamante no es culpable y:
  • El reclamante está fallecido.
  • El reclamante está discapacitado y ya no puede trabajar.
  • La devolución causaría dificultades financieras indebidas.

Para solicitar una exención por exceso de pago de beneficios de desempleo de Nueva Jersey, complete el formulario BPC-9 y envíelo por correo con documentación de respaldo. Si está discapacitado, también envíe el formulario de Certificación de Discapacidad. Se enviará una determinación por correo ordinario, y se pueden presentar apelaciones si es necesario.

Beneficios Federales durante la Pandemia de COVID-19 (Ley CARES):

  • Un reclamante puede ser elegible para una exención si no es culpable y la devolución va en contra de la equidad y la buena conciencia.
  • Para solicitar una exención por exceso de pago relacionado con la Ley CARES, inicie sesión en su cuenta, envíe la solicitud, complete un cuestionario y espere una determinación por correo electrónico. Se pueden presentar apelaciones si es necesario.

Pregunta 2: ¿Cómo puede usted evitar actividades de cobro en su contra?

Para evitar actividades de cobro, devuelva la deuda en su totalidad o establezca un acuerdo de pago mensual. El correo BPC-404 proporciona detalles sobre los pagos mensuales requeridos. También está disponible un sistema de pago en línea.

Pregunta 3: ¿Por qué tiene usted un sobrepago en su reclamo si presentó la solicitud la semana pasada?

Los sobrepagos anteriores pueden llevar a la recuperación de beneficios de su reclamo actual. Entender este proceso es esencial para administrar adecuadamente sus beneficios.

Pregunta 4: ¿Puede usted celebrar un acuerdo formal si actualmente está recibiendo beneficios de desempleo?

No, según la ley de Compensación por Desempleo de Nueva Jersey, los beneficios disponibles deben usarse para recuperar deudas pendientes. Los acuerdos mensuales no evitarán esto, y una vez que se recuperen los beneficios principales, cualquier saldo restante será responsabilidad del reclamante.

Pregunta 5: ¿Por qué se retienen sus impuestos estatales y reembolsos de Nueva Jersey?

Las responsabilidades pendientes con la agencia pueden resultar en la retención de reembolsos de impuestos estatales y reembolsos. Para evitar firme un acuerdo de pago formal y haga pagos mensuales.

Pregunta 6: Devolvió usted su pago de desempleo. ¿Por qué todavía debe un saldo?

Devolver un pago no tiene en cuenta las deducciones ya enviadas en su nombre. Se requiere la devolución para cualquier deducción retenida, asegurando que se cubra la tasa completa de beneficio semanal bruto.

Comprender los procesos de devolución de pagos en exceso y exención es crucial para las personas que navegan por los beneficios de desempleo, ya sea a nivel estatal o federal. Estar al tanto de los criterios de elegibilidad, los procedimientos de solicitud y las opciones de devolución puede ayudar a los reclamantes a administrar sus situaciones financieras de manera efectiva. Para obtener información más detallada y preguntas adicionales, consulte la Parte 2 de esta guía en nuestro sitio web.

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