Skip to content
iacoimmigration    Center City Mall, 301 Main Street, Suite 401, Paterson, NJ 07505 info@iacoimmigration.org

Protecciones para los trabajadores de Nueva Jersey que serán padres

Protección Laboral: Leyes Federales y Estatales

Tómese hasta 12 semanas de FMLA (Ley de Licencia Familiar y Médica, Federal Family & Medical Leave Act) por embarazo/recuperación o una afección de salud importante relacionada al embarazo, y hasta 12 semanas conforme la Ley de Licencia Familiar de New Jersey (NJ Family Leave Act, NJFLA para vincularse con el recién nacido. En total, son hasta 24 semanas posibles de protección laboral. 

Durante mi Embarazo y Recuperación 

Ley de Licencia Familiar y Médica (Federal Family & Medical Leave Act, FMLA)

Hasta 12 semanas de licencia no remunerada de trabajo protegido para dedicarse a usted, antes y después del nacimiento del bebé, y para vincularse con su hijo recién nacido. Regulada por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos: dol.gov/agencies/whd/fmla

Licencia no remunerada de trabajo protegido para dedicarse a usted antes y después del nacimiento del bebé en los siguientes casos:

  • Si su empleador tiene al menos 50 empleados dentro de un radio de 75 millas desde su lugar de trabajo o si es una entidad gubernamental.
  • Si usted ha trabajado allí durante al menos 12 meses.
  • Si usted ha trabajado al menos 1250 horas en los últimos 12 meses.
  • Usted debe notificar a su empleador 30 días antes en caso de que su licencia sea previsible

Se deben cumplir todos estos requisitos. De lo contrario, su empleador no estará obligado a mantener su puesto de trabajo

* La licencia por FMLA también se puede utilizar para vincularse con su hijo recién nacido, pero luego continúa en simultáneo con la licencia de NJFLA.

Comuníquese con su empleador o con el USDOL si tiene preguntas sobre la FMLA:

Departamento de Trabajo de los Estados Unidos
(US Department of Labor, USDOL)
866-487-9243
dol.gov/whd/fmla

Tómese hasta 12 semanas de FMLA por embarazo/recuperación o una afección de salud importante relacionada al embarazo, y hasta 12 semanas conforme la Ley de Licencia Familiar de New Jersey (NJ Family Leave Act, NJFLA para vincularse con el recién nacido. En total, son hasta 24 semanas posibles de protección laboral.

Mientras me vinculo con mi Bebé

Ley de
Licencia Familiar y Familiar de NEW JERSEY (NJ Family Leave Act, NJFLA)

Hasta 12 semanas de licencia de trabajo protegido para vincularse con su hijo recién nacido. Regulada por la División de Derechos Civiles de New Jersey: njcivilrights.gov

Hasta 12 semanas de licencia de trabajo protegido para vincularse con su hijo recién nacido durante el primer año desde el nacimiento o la colocación en los siguientes casos:

  • Si su empleador tiene al menos 30 empleados a nivel mundial, o es una entidad gubernamental, más allá de la cantidad de empleados.
  • Si usted ha trabajado allí durante al menos 1 año.
  • Si usted trabajó allí al menos 1000 horas en los últimos 12 meses.
  • Generalmente, usted debe notificar a su empleador 30 días antes en caso de que su licencia sea previsible.

Se deben cumplir todos estos requisitos. De lo contrario, su empleador no estará obligado a mantener su puesto de trabajo

Comuníquese con su empleador o con la División de Derechos Civiles de New Jersey si tiene preguntas sobre la NJFLA:

División de Derechos Civiles de New Jersey
(NJ Division on Civil Rights)
973-648-2700
njcivilrights.gov

Transición de una Prestación: Desempleo, Recuperación por Embarazo/nacimiento y Vinculación con el Bebé

¿No tiene empleo? Puede dejar de recibir beneficios por desempleo para comenzar a obtener los beneficios por embarazo/recuperación o vinculación. Obtenga más información en: myleavebenefits.nj.gov/unemployed.

¿Se quedó sin trabajo mientras recibía beneficios por embarazo/recuperación o vinculación? Puede presentar una solicitud por desempleo o reiniciar su reclamación. Visite myunemployment.nj.gov.

Derechos de Embarazo y Lactancia

  • Los trabajadores de New Jersey están autorizados a obtener ciertas opciones de protección por embarazo y lactancia. Entre ellas, adaptaciones laborales para continuar trabajando durante el embarazo o la lactancia, así como también un tiempo de descanso en un lugar privado, que no sea un baño, para extraer leche materna durante la jornada laboral.
  • Los empleadores no pueden tomar represalias contra usted por solicitar adaptaciones o usarlas durante su embarazo o lactancia.
  • Estas leyes son reguladas por la División de Derechos Civiles de New Jersey. Obtenga más información en njcivilrights.gov.

Puede encontrar las respuestas a sus preguntas en: http://myleavebenefits.nj.gov/ 

Back To Top