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Extensión Automática del Documento de Autorización de Empleo (EAD)

Aviso: Entre el 4 de mayo de 2022 y el 2 de junio de 2022, algunos Formularios I-797C, Notificación de Acción, emitidos para notificar el recibo del Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, incluyeron información no actualizada relacionada con la extensión automática de 180 días para ciertas categorías de solicitantes de renovación, en lugar de la información relacionada con la extensión automática actual de 540 días, que otorga la regla final temporal que entró en efecto el 4 de mayo de 2022 (Aumento Temporal del Período de Extensión Automática de Autorización de Empleo y Documentación para Ciertos Solicitantes de Renovación (87 FR 26614) ). Se imprimieron notificaciones corregidas para las solicitudes afectadas. Lamentablemente, las notificaciones corregidas no incluían la fecha de la notificación, la fecha de recibo, ni la fecha de nacimiento. Los solicitantes afectados deben esperar recibir una notificación de recibo actualizada para la tercera semana de julio.

Algunos solicitantes de renovación que hayan presentado el Formulario I-765, Solicitud de Autorización de Empleo, cualifican para una extensión automática de su autorización de empleo y/o EAD mientras su solicitud está pendiente. Usted cualifica para una extensión si:

  • Presentó apropiadamente un Formulario I-765 para una renovación de su autorización de empleo y/o EAD antes que su actual EAD caducara, y
  • Es elegible para una renovación, lo que significa que:
    • La solicitud de renovación de su EAD está bajo una categoría que es elegible para una extensión automática (vea la lista de categorías abajo); y
    • La categoría en su EAD actual coincide con la “Clase Solicitada” indicada en la notificación de recibo del Formulario I-797C, Notificación de Acción. (Nota: Si usted es beneficiario o solicitante de Estatus de Protección Temporal (TPS), o tiene una solicitud pendiente, su EAD y esta notificación deben reflejar las clases A12 o C19, pero las clases no tienen que coincidir entre sí). Además, para los cónyuges dependientes H-4, E y L-2, un Formulario I-94 vigente que indique el estatus de no inmigrante H-4, E o L-2 (incluidas las clases de código de admisión E-1S, E-2S, E-3S, y L-2S) debe acompañar el Formulario I-797C al presentar prueba de autorización de empleo a un emplea

Periodo de Tiempo de Extensión Automática: Aumento Temporal a “Hasta” 540 Días

Normalmente, las reglamentaciones de DHS prevén un período de extensión automática de hasta 180 días a partir de la fecha de vencimiento indicada en el EAD. Sin embargo, DHS ha publicado una regla final temporal que aumenta el período de extensión. A partir del 4 de mayo de 2022, DHS aumentará temporalmente el período de extensión y proporcionará hasta 360 días de tiempo adicional de extensión automática por un total de hasta 540 días, a los solicitantes de renovación elegibles. El tiempo de extensión automática se cuenta a partir de la fecha de vencimiento de la autorización de empleo y/o EAD. Este aumento temporal está disponible si usted es un solicitante de renovación elegible con una solicitud pendiente, que presentó su solicitud de renovación del Formulario I-765 ya sea:

  • Antes del 4 de mayo de 2022 y su extensión automática de 180 días ha vencido desde entonces;
  • Antes del 4 de mayo de 2022 y su extensión automática de 180 días aún no ha vencido; o
  • Entre el 4 de mayo de 2022 y el 26 de octubre de 2023, inclusive.

Si usted presentó su solicitud de renovación del Formulario I-765 después del 26 de octubre de 2023, le aplicará el período normal de extensión automática de 180 días.

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