Apelar las Decisiones Sobre el Seguro de Desempleo
Su guía para retener los beneficios
Incluso cuando a una persona se le otorgan los beneficios del Seguro de Desempleo, existe la posibilidad de que ya no sea elegible. Esto puede significar una eliminación o reducción de beneficios. Sin embargo, aún puede apelar siguiendo los siguientes pasos:
Paso 1: Escriba una carta o llene un formulario de apelación en línea.
Se puede enviar una carta física al Departamento de Trabajo y Desarrollo de la Fuerza Laboral de Nueva Jersey, PO Box 907, Trenton, NJ 08625-0907, y se puede enviar un fax al 609-292-2438. Asegúrese de que su apelación incluya su nombre, número de seguro social o identificación del reclamante, dirección postal, número de teléfono, dirección de correo electrónico y las razones por las que no está de acuerdo con la determinación. Esta apelación debe enviarse dentro de los 21 días (aproximadamente 3 semanas) después de que se envió la determinación, y se debe guardar una copia. Si la apelación es tardía, se debe proporcionar un razonamiento para esta que demuestre una buena causa. Causa justificada significaría circunstancias imprevistas que estaban más allá del control del individuo y que no podían prevenirse. A lo largo de este proceso, asegúrese de continuar certificando los beneficios
Paso 2: Regístrese y asista a la audiencia.
Por correo, el apelante recibirá un Aviso de audiencia que contendrá la fecha, hora y forma de conducta de la audiencia. La mayoría de las veces, la audiencia se realizará por teléfono. En este caso, el apelante debe registrarse para la audiencia a más tardar a las 3:00 p.m. del día hábil (de lunes a viernes) antes de la audiencia. Lo mejor es registrarse una vez que se reciba el Aviso de Audiencia. Uno puede registrarse por teléfono o en línea. En el momento de la audiencia, el apelante recibirá una llamada telefónica del Examinador de Apelaciones. Asegúrese de contestar el teléfono, o de lo contrario se puede considerar una falta de participación. Para asegurarse de que no se pierda la llamada, desactive las funciones que puedan bloquear llamadas desconocidas. Se puede solicitar un aplazamiento de la reunión si se proporciona una buena causa. Si un empleador anterior está apelando los beneficios otorgados, la persona que recibe los beneficios continuará recibiéndolos si se determina que cumple con los criterios de elegibilidad. Sin embargo, si el fallo es a favor del empleador, se espera que la persona que recibe los beneficios devuelva una cierta cantidad de los beneficios.
Paso 3: Espere a que se procese la decisión.
Esto tomará hasta 7 días a partir de la fecha de envío de la decisión. Si el apelante tiene alguna pregunta, debe comunicarse con el Centro de Llamadas de Reempleo.
Si no se está de acuerdo con la decisión, se puede apelar ante la Junta de Revisión en un plazo de 20 días (unas 3 semanas) a partir de la fecha de envío de la decisión de los Tribunales de Apelación. Se puede contactar con ellos en el Departamento de Trabajo y Desarrollo de la Fuerza Laboral de Nueva Jersey, PO Box 937, Trenton, NJ 08625-0937. La decisión de la Junta de Revisión también se puede apelar ante la División de Apelaciones del Tribunal Superior de Nueva Jersey, a la que se puede llamar al 609-815-2950 x54720.
Es importante mantenerse informado sobre cómo mantener los beneficios del Seguro de Desempleo. Al hacerlo, uno puede estar preparado para navegar por cualquiera de estos casos y defender adecuadamente sus derechos a los servicios esenciales.
Fuente: Seguro de Desempleo: Sus Derechos y Responsabilidades (nj.gov)
Fuente: División de Seguro de Desempleo | Apelaciones (nj.gov)
Fuente: División de Seguro de Desempleo | Regístrese para una audiencia de apelación (nj.gov)
Fuente: División de Seguro de Desempleo | Llame a un Centro de Llamadas de Reempleo (nj.gov)
Fuente: División de Seguro de Desempleo | Acerca de la Junta de Revisión (nj.gov)
Fuente: División de Apelaciones | Tribunales de Nueva Jersey